No le debes sexo a nadie
Aún persisten ideas erróneas sobre las relaciones de pareja, es fundamental recordar un principio clave: el consentimiento es indispensable en cualquier encuentro íntimo, incluso dentro de una relación.
Muchas personas crecen con la creencia de que, al estar en pareja, existe una “obligación” de mantener relaciones sexuales, especialmente dentro del matrimonio. Sin embargo, esta idea es errónea, perpetúa dinámicas de control y violencia.
En México, la violencia de pareja contra las mujeres es un problema significativo.
Según las Encuestas Nacionales sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh), la prevalencia de la violencia de pareja fue del 43% en 2006, aumentó al 47% en 2011 y descendió al 43.9% en 2016.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en 2007, establece mecanismos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Esta legislación reconoce diversas formas de violencia, incluyendo la psicológica, física, patrimonial, económica y sexual, y busca garantizar la seguridad y la integridad de las víctimas.
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Es fundamental que las relaciones de pareja se basen en el respeto mutuo y el consentimiento.
Ninguna persona está obligada a mantener relaciones sexuales sin su pleno consentimiento, independientemente de su estado civil o relación sentimental.
El consentimiento debe ser libre, deseado, entusiasta y continuo. No basta con haber aceptado una vez; cada encuentro debe darse con respeto y deseo mutuo.
La violencia sexual dentro del matrimonio o una relación de pareja es una realidad que no debe ignorarse.
Reconocer y denunciar estas situaciones es necesario para erradicar la violencia de género, así como promover relaciones saludables y equitativas.
En algunos países, las leyes han comenzado a reconocer el abuso sexual dentro del matrimonio como un delito; entre los que lo reconocen encontramos a Austria, España y Suiza.
Legislación en México
En México, la legislación reconoce la importancia del consentimiento dentro del matrimonio.
El Código Penal Federal establece en su artículo 265 bis que la violación puede ocurrir entre cónyuges o concubinos, y se sanciona con las mismas penas que otros casos de violación; este delito se persigue por querella de la parte ofendida.
Además, el artículo 343 Bis del mismo código tipifica la violencia familiar, que incluye actos de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial, económica o sexual contra una persona con la que se tenga o haya tenido una relación de pareja.
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Las penas por este delito van de seis meses a cuatro años de prisión, y el agresor pierde el derecho a pensión alimenticia, además de ser sujeto a tratamiento psicológico especializado.
Sin embargo, el cambio cultural sigue siendo un reto, ya que persisten mitos sobre el deber conyugal. La ausencia de este consentimiento constituye una violación de los derechos humanos y es sancionada por la ley.
Fomentar relaciones basadas en el respeto y la igualdad es responsabilidad de todos.
Debemos reconocer que nadie debe relaciones sexuales a otra persona, ni siquiera a su pareja.